10 Feb LIBERTAD PARA MARCO ANTONIO ARAMAYO
La violencia institucionalizada contra los ciudadanos arrecia. Contra los “incómodos u opositores” para la dominación totalitaria en marcha, deteniéndoles preventivamente mediante comisarios políticos en función judicial y oficiales de policía infligiéndoles torturas, tratos crueles e inhumanos, reducidos a la condición de delincuentes comunes pero desprovistos de derechos.
Contra sectores sociales movilizados por la defensa de sus derechos, con brutalidad policial, y contra instituciones de la sociedad civil enviando hordas violentas a amedrentarlos y agredirlos. Contra periodistas, golpeados y vejados por efectivos uniformados.
Pero la indignación se muestra, signo alentador de la conciencia ciudadana viva en buena parte de la población. Debiera mantenerse y el umbral de la sensibilidad no elevarse hasta el punto de no sentir ya nada ante al atropello de los derechos y el sufrimiento de las víctimas. Entre otras cosas, porque sus nombres y rostros, tantos, son muchas veces desconocidos y condenados a la intrascendencia o al olvido, y eso no tiene remedio. Por eso este artículo lleva el nombre de Marco Antonio Aramayo Caballero.
Las terribles notas de su caso han sido publicadas por la Agencia de Noticias Fides (ANF) el 19 de septiembre pasado, mostrando con crudeza los ribetes de la perversión estatal por efecto de las decisiones políticas de quienes (mal)gobiernan.
Detenido en el penal de San Pedro desde 2015 hasta ahora (seis años y medio), enfrenta 256 (¡!) procesos abiertos contra su persona en represalia a la denuncia de corrupción en el Fondo de Desarrollo Indígena y Campesino (Fondioc) que él hizo, creyendo estar cumpliendo su deber como director ejecutivo de esa institución, cargo en que fue designado en 2013.
Marco Antonio realizó investigaciones que evidenciaron “irregularidades en 1.228 proyectos de un total de 3.462 obras productivas”, señala la publicación de ANF, añadiendo: “A lo largo de este tiempo, ha sufrido situaciones de privación de ir al baño, de alimentos, de agua, ha sido castigado por hacer públicas sus denuncias, no ha tenido derecho al debido proceso, ni a justicia oportuna, entre otras situaciones de vulneración de derechos”, lo que según el Instituto de Terapia e Investigación sobre las Secuelas de la Tortura y la Violencia de Estado, configura tortura.
Aramayo “en seis años y seis meses, ha registrado en su diario su encierro en 56 cárceles, las innumerables veces que fue cautelado, las incontables que no fue notificado, los nombres de jueces, fiscales y abogados que –dice– son sus ‘verdugos’, por no declararse culpable”, señala ANF, quedando claro que en el desarrollo de su tragedia personal se encuentran todas las señales de la descomposición de un aparato jurisdiccional convertido en un reducto de criminalidad; empezando por el hecho de que quien denuncia los ilícitos es castigado por hacerlo.
Verdades de Perogrullo, viejas proclamas constructoras de humanidad, convertidas otra vez en aspiraciones lejanas en Bolivia: todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos, la persona es inocente mientras no se demuestra su culpabilidad en juicio con juez independiente, la detención preventiva es la excepción y no la regla, nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes, nadie está obligado a declarar en contra de sí mismo…
Todas, sin excepción, con la dignidad como su eje, definida por Pérez Luño como “el valor básico fundamentador de los derechos humanos”. Todas, por tanto, derivadas en los mismos derechos.
La conversión de la detención preventiva en la regla y la tortura aplicada regularmente a las personas privadas de su libertad, como viene sucediendo, revelan involución a los tiempos de horror en que Cesare Beccaria (1764) y John Howard (1777) escribieron De los delitos y de las penas y El Estado de las prisiones en Inglaterra y Gales, respectivamente, hitos de la humanización del derecho penal en el mundo.
Con vergüenza y dolor se comprueba que en las fiscalías y juzgados del país se aplica la voluntad de quien gobierna contra la ley, negando al Derecho y a la Justicia; y que en los penales se transgreden los límites de respeto mínimo a la dignidad de las personas. Escenario de barbarie que retrotrae la oscuridad de las dictaduras de toda inspiración ideológica, maquinarias de terror y muerte.
La aprobación de la Convención contra la tortura y otros tratos crueles, inhumanos y degradantes, cuya aprobación ha inclinado finalmente la balanza en favor del carácter absoluto de la dignidad humana y los derechos inherentes a ella, marca la huella del camino a seguir, sin duda ni pausa.
Define a aquélla como “todo acto por el cual se inflija intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia”.
Los elementos descritos integran un delito continuado cuya consumación sucesiva requiere una condición indispensable: la indefensión total de la persona torturada, de manera que le resulte imposible evitar el hecho; por consiguiente, se convendrá en la equivalencia entre la extrema vulneración de su dignidad y sus derechos, y la crueldad –y cobardía– de quien ordena, ejecuta y/o consiente la aplicación de la tortura.
Sobre la base de los antecedentes, es un deber denunciar la violación de los derechos de Marco Antonio Aramayo Caballero, a tiempo de expresarle nuestra solidaridad y exigir su libertad, para en esa condición defienda su causa. Es lo que corresponde en razón de verdad, legalidad, justicia y humanidad.
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